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Numero de Proyecto :51/04
Tipo de Proyecto : PROYECTO DE LEY
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0051/04)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1º- Incorpórase a la currícula escolar de los niveles primario,
secundario y universitario de todo el país la temática alusiva al Genocidio
Armenio, la cual deberá ser desarrollada en dichos niveles procurándose la
información exhaustiva sobre lo ocurrido, así como su difusión y el
fortalecimiento, en los educandos, de valores vinculados a la paz, la
dignidad de las personas y los derechos humanos.
Art. 2º- Incorpórase a la efemérides de los niveles primario, secundario y
universitario de todo el país el día 24 de abril como el día para honrar la
memoria de las víctimas del Genocidio Armenio.
Art. 3º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Diana B. Conti.-
Señor Presidente
El proyecto de ley que someto a consideración de mis pares se inscribe en
una línea ideológica de afianzamiento de valores vinculados a la dignidad de
la persona, a la justicia y a los derechos fundamentales del individuo, en
concordancia con lo preceptuado por las convenciones internacionales y
nuestra propia legislación tuitiva de aquellos derechos.
Tanto la Declaración Universal de los Derechos Humanos adoptada por las
Naciones Unidas como código básico de convivencia de la humanidad; como los
otros instrumentos incorporados a nuestro derecho interno mediante el inciso
22 del artículo 75 de la Carta Magna, constituyen la estructura fundamental
del derecho internacional de los derechos humanos, plexo legal que deviene
orientación axiológica con la vista puesta en el futuro, así como recurso
con que cuenta la humanidad para evitar la recaída en el extravío colectivo.
El genocidio que el llamado "gobierno de los jóvenes turcos" perpetró en
1915 en perjuicio del pueblo armenio, así como el manto de silencio que lo
cubrió durante demasiado tiempo, interpelan la conciencia de la humanidad.
En esa fecha, un 24 de abril, las autoridades ejecutaron a 2300 líderes de
la comunidad armenia de Estambul, sin causa alguna y por mero prejuicio
racial y religioso, dando comienzo, de este modo, al primer genocidio del
siglo XX.
Empero, los antecedentes de este proceder criminal se remontan al siglo
anterior. En efecto, entre 1894 y 1896 el brazo represivo del Imperio
Otomano ordenó procedimientos que costaron la vida a trescientos mil
armenios. Se trataba de parte de una comunidad nacional que se había
organizado para reclamar reformas que reconocieran sus derechos en tanto
minoría nacional.
Pero no paró aquí la saña persecutoria del poder del Estado en aquella
región del mundo. En 1909 y poco después, durante la primera guerra mundial,
las autoridades turcas se propusieron y lograron el exterminio sistemático
de armenios que vivían en seis provincias de Anatolia oriental y Cilicia,
completando estas políticas ciertamente criminales con el desplazamiento
forzado de sobrevivientes que se vieron, así, exiliados y privados de sus
hogares, bienes y afectos.
La verdad histórica -tenazmente exhumada por investigadores armenios y de
otras nacionalidades- echan luz sobre estos desgraciados sucesos y dan
cuenta de que el genocidio armenio no finalizó en 1915 o en 1918, como
alguna vez se afirmó, sino que continuó luego de la primera gran
conflagración.
En efecto, con el advenimiento al poder de Mustafá Kemal las matanzas de
armenios se sucedieron en lúgubre registro; la masacre de la ciudad de
Marash, en ese tiempo, tuvo como preludio el ataque de las fuerzas
kemalistas a la guarnición francesa destacada en el lugar, que cedió
posiciones hasta abandonar el país, luego, en forma definitiva, lo cual
determinó que los armenios, abandonados a su suerte, fueran exterminados por
los turcos.
Tal vez el hito final, en esta historia de intolerancia, haya sido la
heroica defensa que ese pueblo realizó, en 1920, de la flamante república de
Armenia --que había sido creada en 1918--, hasta que, finalmente, fue
sovietizada.
Con el incendio de la ciudad de Esmirna, en 1922, y la muerte de griegos y
armenios, se cierra este triste capítulo en la historia milenaria de un
pueblo que no ceja en su demanda de justicia.
Las investigaciones de estudiosos y los archivos históricos dan cuenta de
una cifra aproximada de 1.500.000 (un millón quinientos mil) víctimas de
esta política de exterminio, lo cual constituye el delito definido por la
Convención de las Naciones Unidas sobre el Delito de Genocidio de 1948, que
entró en vigor en 1951 y respecto de la cual nuestro país depositó el
pertinente instrumento de ratificación el 31 de octubre de 1963.
Aun cuando el gobierno turco no reconoce estos hechos históricos, los
parlamentos de nuestro país y de Bélgica, Francia, Grecia, Italia, El
Líbano, Rusia, Suecia, Uruguay, así como el Parlamento Europeo y el Consejo
Mundial de Iglesias, han condenado las masacres de la población armenia y
las han caracterizado como genocidio. En el mismo sentido se han pronunciado
la Asamblea Nacional de Quebec, la Asamblea Legislativa de Ontario y el
Consejo Canadiense de Iglesias.
No es posible ignorar tampoco que en Argentina reside una comunidad armenia
numerosa y socialmente activa, cuya laboriosidad y valores se expresan en
sus aportes al acervo cultural de nuestro país.
El sentimiento de justicia, hondamente arraigado en la cultura y en los
valores del pueblo argentino, no podría sino enervarse si la indiferencia
ante el justo anhelo de ese pueblo victimizado diera pábulo a la desmemoria
colectiva. Un genocidio es, sin duda, un injusto universal y su etiología,
naturaleza y modos de prevenirlo y castigarlo tiene que ser preocupación
constante de los Estados.
El pueblo y el Estado armenios reclaman que se reconozca la verdad sobre lo
ocurrido, así como la condigna reparación económica como obligación
inexcusable que tales hechos irrogaron.
Por último, es preciso destacar que no anima a este proyecto ningún
sentimiento de venganza o revancha contra miembro alguno de la comunidad
universal de las naciones. Sólo busca, por razones humanitarias y de
estricta justicia, refirmar el propósito de que hechos de esta naturaleza
deben ser denunciados pues, de este modo, se evitarán penosas recidivas con
la vista puesta en el futuro.
Atento los argumentos expuestos, se hace preciso incorporar el conocimiento
y difusión de lo ocurrido con el pueblo armenio, en el período descripto, a
la currícula escolar de todos los niveles, así como instituir el día 24 de
abril como Día de Recordación del Genocidio Armenio. Ello así, por cuanto
dichas medidas aparecen como el recurso indicado para obtener los fines de
memoración, difusión y reparación que hace mucho tiempo se reclaman.
Por los fundamentos expuestos, solicito de mis pares la aprobación del
presente proyecto de ley.
Diana B. Conti. |